En primer lugar, lo que debemos saber respecto a estos grupos es que pertenecen a la antigua normativa R44, la cual ha sido derogada para su comercialización a finales de 2024.
Esto significa que ya no se pueden adquirir sillas con homologación R44 en tiendas, aunque sí se pueden seguir utilizando si ya se poseen.
La normativa R44 estaba clasificada por grupos de masa, y estos números (0, 0+, 1, 2, 3, etc.) responden precisamente a esa clasificación basada en el peso del niño.
El grupo 0 es un dispositivo que se puede utilizar hasta un máximo de 10 kilos de peso, en la actualidad desde recién nacido hasta el año.
El grupo 0+, hasta un máximo de 13 kilos, en la actualidad desde recién nacido hasta el año.
El grupo 0-1 tiene un rango de uso desde recién nacido hasta los 18 kilos, en la actualidad desde recién nacido hasta los 4 años.
El grupo 1, desde los 9 hasta los 18 kilos de peso, en la actualidad desde el año hasta los 4 años.
El grupo 1-2, desde los 9 hasta los 25 kilos, en la actualidad desde el año hasta los 7 años.
El grupo 1-2-3 abarca desde los 9 hasta los 36 kilos, en la actualidad desde el año hasta los 12 años.
El grupo 2-3 va desde los 15 hasta los 36 kilos, en la actualidad desde los 4 años hasta los 12 años.
Estas indicaciones son necesarias para que los consumidores accedan a los productos que mejor se adaptan a su hijo.
¿Por qué se cambió de peso a talla?
Lo que sucede es que los niños suelen engordar y adelgazar con cierta frecuencia, pero no se “encogen”; por ese motivo, la normativa R44 fue sustituida por una normativa más moderna: el Reglamento 129, que en lugar de clasificar por peso, clasifica por rangos de uso en función de la talla del niño.
Esto significa que, lo que antes se indicaba en función de un máximo de kilos, ahora se establece por un rango de altura.
Por ejemplo:
Lo que antes era un grupo 0+ (hasta 13 kilos), ahora corresponde a un dispositivo desde los 40 hasta los 87 cm de altura.
Lo que antes era un grupo 0+/1 (hasta 18 kilos), ahora equivale a un dispositivo para niños desde los 40 hasta los 105 cm, y así sucesivamente.
¿Esto significa que ya no se debe tener en cuenta el peso?
Sí y no.
Para sillas con ISOFIX, la etiqueta de homologación indicará tanto la altura como el límite máximo de peso.
En cambio, en las sillas que se instalan con cinturón de seguridad, el peso puede o no indicarse. Si se indica, es de forma orientativa, ya que la homologación sigue basándose en la talla.
Esto se debe a que la resistencia del cinturón de seguridad es mayor que la de los anclajes ISOFIX.
En cualquier caso, hay quienes somos muy críticos con esta forma de comercializar este tipo de productos, porque consideramos que, independientemente de la resistencia del cinturón de seguridad, debería comprobarse también la resistencia del sistema de retención infantil. Por tanto, establecer un peso máximo comprobado es fundamental para garantizar la seguridad del niño.
En definitiva:
Las sillas de grupos 0+, 0-1, 2-3, etc… son parte de la normativa antigua, que ya no se puede comercializar.
Estos grupos correspondían a rangos de peso.
Las sillas bajo la nueva normativa (Reglamento 129) están clasificadas por talla, ya que resulta más fácil de interpretar para los usuarios.
En el caso de sillas con ISOFIX, se indicarán tanto la talla como el peso.
En el caso de sillas con cinturón, se indicará la talla, y el peso puede estar presente o no.
Aun así, se recomienda optar por productos en los que se indiquen tanto la talla como el peso, y que ese peso haya sido comprobado específicamente en laboratorio, ya que la normativa no lo exige de forma obligatoria.